Ejemplo de acción de inconstitucionalidad
Escrito por: Irvin Adalberto Sosa Torres
La Comisión
Nacional de los derechos Humanos, presentó
el 19 de enero de 2018 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN),
una demanda de acción de inconstitucionalidad en contra de diversos preceptos
de la Ley de Seguridad Interior
Los principales puntos que se tocaron en la
demanda fueron los siguientes:
Si
bien la CNDH no se opone de forma alguna al combate del crimen organizado, la
Comisión indicó que en la Ley de Seguridad tiene artículos que no son compatibles
con el marco constitucional y convencional, ya que no garantizan los derechos y
libertades básicas de las personas. Para la CNDH, la LSI contiene diversos preceptos
que ponen en riesgo libertades y derechos fundamentales.
De igual manera señaló dentro del
argumento de inconstitucionalidad que diversas disposiciones de la LSI son
incompatibles con los estándares convencionales en materia de derechos humanos.
Por ejemplo, la habilitación que se realiza para que cuerpos policiales y
Fuerzas Armadas ejerzan la Fuerza Pública es deficiente, pues no se prevén
principios que rigen el Uso Legítimo de la Fuerza, tales como su procedencia en
casos absolutamente necesarios y no se prevén los mecanismos de control y
rendición de cuentas.
Finalmente, como uno de los argumentos principales se habló sobre la participación de las Fuerzas Armadas en la Seguridad Interior, en donde se indica que la CNDH planteó ante la SCJN que el artículo 89, fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos para que, en ejercicio de una facultad del Poder Ejecutivo, se disponga del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación, pero esto no implica que las Fuerzas Armadas puedan llevar a cabo tareas de forma permanente, subordinando a las autoridades civiles bajo el mando militar.
Resolución de la SCJN
Durante
el mes de noviembre de 2018, el Pleno de la SCJN emitió una sentencia en torno a
la Ley de Seguridad Interior. La resolución tuvo como eje primordial la
protección de los derechos humanos reconocidos en la constitución política
mexicana, y constituye un precedente importante sobre la participación de las
Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública.
El Pleno de la SCJN consideró procedente y
fundada la demanda promovida por la CNDH, al estimar que el Congreso de la
Unión no tiene competencia para expedir una ley en materia de seguridad
interior. En las sesiones de trabajo se señaló que existieron vicios en el proceso legislativo que tenían
un potencial invalidante de la totalidad de la Ley de Seguridad Interior, al no
haberse respetado los principios de deliberación democrática ni de efectiva
participación de todas las fuerzas políticas.
Asimismo, varios Ministros se pronunciaron en
relación con que la ley controvertida regulaba cuestiones de seguridad pública
en lugar de normar cuestiones de seguridad interior, con la cual se permitía la
injerencia de las fuerzas militares en tareas de prevención del delito y otras
tareas cuya realización corresponde a las policías de corte civil, lo cual era
contrario a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como
a los tratados internacionales de los cuales el Estado mexicano forma parte,
incluyendo la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Referencia:
CNDH. (enero de 2021). Comisión
Nacional de los Derechos Humanos. Obtenido de CNDH:
http://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=40070
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